ECONOMíA

Cámara de Diputados aprueba en lo general Miscelánea Fiscal 2021

Y se pasó a la discusión en lo particular de 157 reservas, a las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación

La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la Miscelánea Fiscal, por 291 votos a favor de Morena, Partido del Trabajo, Verde, y Encuentro Social, contra 142 votos del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano y una abstención.

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Después de tres horas de discusión se aprobó, en lo general, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, y del Código Fiscal de la Federación, conocida como Miscelánea Fiscal 2021 y forma parte del paquete de Ingresos para 2021.

Y se pasó a la discusión en lo particular de 157 reservas, a las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.

Conforme lo aprobado, se realizaron adecuaciones normativas en el sentido de no crear nuevos impuestos, así como combatir frontalmente la corrupción y la impunidad, la evasión y elusión fiscales, incluyendo propuestas en materia de simplificación administrativa, seguridad jurídica, modernización, gestión tributaria y eficiencia recaudatoria, como ejes principales.

Entre los cambios a dichos ordenamientos destacan eliminar los Programas Escuelas Empresa como donatarias autorizadas y establecer que todas las erogaciones que se efectúen, sin excepción, deben estar amparadas con comprobante fiscal digital por Internet y no ser consideradas como remanente distribuible.

El dictamen precisa que las donatarias autorizadas perderán su autorización en el caso de que obtengan la mayor parte de sus ingresos, más del 50 por ciento, de actividades no relacionadas con su objeto social.

También, establece un mecanismo de control efectivo del destino de los donativos. Se deroga la certificación del cumplimiento de obligaciones fiscales de transparencia y de evaluación de impacto social.

Destaca la obligación a las plataformas digitales de intermediación de realizar la retención del 100 por ciento del IVA cobrado, cuando presten sus servicios de intermediación a residentes en el extranjero sin establecimiento en México, ya sean personas físicas o morales, que proporcionen servicios digitales a personas ubicadas en el país.

Se libera a las plataformas digitales de intermediación que procesen los pagos que efectúen la retención de IVA de la obligación de proporcionar al SAT diversa información de los residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, que presten servicios digitales, en cuyas operaciones hayan actuado como intermediarios.

Se crea un mecanismo de control para que cuando los contribuyentes prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero, sin establecimiento en México, incurran en omisiones fiscales graves se pueda llevar a cabo el bloqueo de acceso a Internet de sus servicios.

Sobre el ISR, explicó, se elimina la opción del estudio de precios de transferencia para maquiladoras. En el IVA, la venta de bienes usados podrá dar lugar al pago del impuesto, bloquear el acceso a internet a las plataformas tecnológicas cuando incumplan con sus obligaciones fiscales y sanciones al concesionario de una red pública de telecomunicaciones en México cuando no lleve a cabo el bloqueo.

Además, los servicios profesionales de medicina prestados por medio de instituciones de asistencia-beneficiencia privada estarán exentos del impuesto.

En cuanto al IEPS, el Ejecutivo proponía aumentar el impuesto cuando las gasolinas bajaran de precio, por lo que, el usuario nunca vería el beneficio de la disminución de los precios de gasolina; por ello, el dictamen prevé la eliminación de esta propuesta, al ser lesiva para la economía familiar y para las ramas productivas como el sector pesquero, el de transporte y agricultores, entre otras.

Las principales medidas para los contribuyentes contenidas en el Código Fiscal de la Federación, están en la pretensión de incorporar adecuaciones en temas como: ampliar el aseguramiento precautorio de bienes a terceros relacionados y no al contribuyente responsable solidario; que las cuentas bancarias sean las primeras que puedan ser sujetas al aseguramiento precautorio; limitar el plazo para que los ciudadanos ejerzan su derecho a acceder a acuerdos conclusivos, mediante los cuales tiendan a corregir o aclarar cualquier situación fiscal.

Subraya que las personas morales deben informar del RFC de sus integrantes; combatir posibles prácticas de elusión fiscal en reestructuraciones corporativas y ampliar la responsabilidad solidaria en ciertos casos a las partes relacionadas de residentes en el extranjero.

En la regla general antiabuso, introducir el carácter penal; permitir el registro en video y fotografía de los contribuyentes; incrementar la eficiencia recaudatoria, mediante mensajes, envío de la utilidad que la autoridad fiscal considera deberían de tener los actores económicos con la posibilidad de acompañar declaraciones de autocorrección, en la cual la autoridad podría aplicar criterios generales a situaciones particulares.

También, poner un límite al plazo para presentar solicitud de aclaración para cancelación de sellos digitales; incorporar reformas para atrasar el pago de devoluciones de impuestos, como lo es el desistimiento de devoluciones cuando el contribuyente no sea localizado; pretender que se emita una sola resolución cuando el contribuyente haya presentado varias solicitudes de devolución y establecer la obligación para que la información relacionada con movimientos de capital social deba conservarse de por vida, entre otros.

Con información de Héctor Guerrero y Cámara de Diputados

KAH