CRIMEN Y SEGURIDAD

Aprueban reformas para tipificar como delito federal el robo a transportes en carreteras

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para tipificar como delito federal el robo de transportes o mercancías en las carreteras del país, y castigarlo con hasta 22 años de prisión.

Según datos de la Confederación de Cámaras Industriales, en los últimos dos años este delito se ha incrementado 179 por ciento, en buena medida este incremento se debe a que actualmente no se sancionan las conductas por parte de autoridades federales, lo que deriva en que delitos queden en impunidad y se dificulte el proceso en el fuero común cuando el hecho sucede en esas carreteras federales”, señaló el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Alfredo Anaya.

Las reformas al Código Penal Federal establecen penas de seis a 12 años de prisión cuando el objeto del robo sea la mercancía. De dos a siete años cuando se trate de equipaje o valores de los pasajeros.

De siete a 15 años de cárcel cuando el robo sea el vehículo automotor y su remolque.

Pero si este delito es cometido por un servidor público la pena aumentará hasta 18 años de prisión e inhabilitación y destitución de su encargo, y hasta 22 años cuando la conducta ilícita sea cometida en pandilla o asociación delictuosa.

Los delincuentes han encontrado un nicho de oportunidad en el robo a camiones de carga y también de pasajeros, las agrupaciones de transportistas tienen razón en sus reclamos, reclaman a la autoridad porque señalan que en lo que va del año ha habido tres mil 200 asaltos a autobuses de pasajeros”, apuntó el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Jorge López.

El dictamen fue aprobado en conjunto con otros cuatro de la Comisión de Justicia y enviados al Senado para su análisis:

– Uno, para castigar con penas de hasta nueve años de prisión a quien ilícitamente abandone un ejemplar de la fauna silvestre.

– Dos, para eliminar la prohibición de que una mujer no podría contraer nuevo matrimonio sino hasta después de 300 días de disuelto el anterior.

– Tres, para garantizar la pensión alimenticia a los hijos que no la recibieron, incluso desde su nacimiento.

– Y cuatro, para proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes cuya madre, padre o tutor se encuentre en la cárcel.

Con información de Héctor Guerrero

LLH