POLíTICA

Amplían plazo para apoyos a aspirantes independientes a la gubernatura de Puebla

Con cuatro votos a favor y tres en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Instituto Electoral de Puebla otorgar 30 días más a los tres aspirantes a candidato independiente al cargo de gobernador del estado para que puedan recabar apoyos ciudadanos.

Las leyes electorales locales establecen plazo de 30 días para juntar firmas que representen, al menos, tres por ciento del listado nominal de la entidad, conformado por más de 4 millones 418 ciudadanos.

Es decir, están obligados a recabar 132 mil 552 firmas, un promedio diario de 4 mil 418, en un lapso que corrió del 8 de enero al 6 de febrero pasados.

El plazo en sí mismo no resulta irracional ni inconstitucional, lo no razonable del plazo deriva de ponerlo en perspectiva con el número de firmas que se solicitan, así como de las circunstancias específicas del estado, la combinación del porcentaje de apoyo ciudadano, que es el tres por ciento, con los 30 días como plazo para su obtención, así como el tamaño del listado en el estado de Puebla, hacen inviable dicha postulación”, explicó Janine Otálora Malassis, presidenta de la Sala Superior TEPJF.

Entre los magistrados que votaron en contra, quedó la preocupación de que hayan generado un precedente que otros aspirantes a candidato independiente quieran aprovechar.

Entidades como es Distrito Federal, Estado de México, Jalisco, Veracruz, en quinto lugar está Puebla, y todas ellas presentan un reto de esa naturaleza, eso nos conllevaría a una cadena de otras situaciones en las cuales otras entidades, otros candidatos independientes tendrían el mismo derecho para hacer valer un plazo inexacto o no del todo holgado para poder juntar las firmas”, señaló José Luis Vargas, magistrado de la Sala Superior TEPJF.

La sentencia de la Sala Superior dejó claro que los aspirantes a candidato independiente a gobernador de Puebla deberán cumplir en tiempo y forma el resto de los requisitos exigidos en las normas locales, como la validez de las firmas y la fiscalización de ingresos y gastos.

Con información de Arturo Cerda.

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