POLíTICA

Juez otorga suspensión definitiva por aeropuerto de Santa Lucía

La medida cautelar opera hasta que se entreguen estudios de impacto ambiental y arqueológico

El Juzgado Décimo Tercero del Distrito con sede en Naucalpan, Estado de México, otorgó la suspensión definitiva en las obras del aeropuerto de Santa Lucía, hasta que las autoridades entreguen estudios de impacto ambiental y arqueológico.

Agustín Buenrostro Massieu determinó que las autoridades deben abstenerse de continuar con la construcción del Aeropuerto de Santa Lucía hasta que existan las autorizaciones necesarias que aseguren que dicho proyecto no perjudicará al ambiente ni atentará contra la integridad del patrimonio cultural en el predio donde se pretende construir, dice un comunicado de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad.

No obstante, esta determinación puede ser impugnada por las autoridades demandadas ante un Tribunal Colegiado a través de un recurso de revisión. Esta es la segunda resolución judicial que ordena la suspensión de la construcción del Aeropuerto de Santa Lucía. La primera fue dictada la semana pasada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito. Ese juicio también fue impulsado por el colectivo #NoMásDerroches.

El colectivo está conformado por varias organizaciones de la sociedad civil, despachos de abogados, pilotos aviadores y pobladores de Texcoco y Santa Lucía.

La semana pasada presentaron 147 juicios de amparo individuales con el fin de que el Poder Judicial de la Federación revise la legalidad de la cancelación del Aeropuerto de Texcoco (NAIM) y asegure que el proyecto de Aeropuerto Internacional de Santa Lucía cuente con todos los dictámenes y permisos ambientales y culturales requeridos. Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad forma parte de este colectivo.

Esta medida no prohíbe, en modo alguno, la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía, sino que única y exclusivamente se concede la medida cautelar para que no se ejecuten las obras relativas hasta en tanto no se cuente con el resultado favorable de los estudios indicados en párrafos que anteceden.

La suspensión puede ser recurrida en un plazo de 10 días ante un tribunal colegiado de circuito.

(Con información de Mexicano Contra la Corrupción)
tfo