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TRáMITES

Unión libre: ¿Cómo reclamar tu pensión por viudez ante el IMSS?

Conoce los requisitos y cómo puede beneficiarte este apoyo

Si vivías en unión libre con tu pareja y esta falleció, te decimos cómo puedes reclamar tu pensión por viudez ante el IMSS y cuáles son los aspectos que debió cubrir el afiliado.

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¿Cómo funciona la pensión por concubinato del IMSS?

Vivir en unión libre no evita que no puedas tener derecho a una pensión y, en caso de que tu pareja fallezca o no cuenten con un acta de matrimonio, existe una forma de tramitar una pensión por viudez.

A este tipo de unión, denominada concubinato, ambos miembros de la pareja tienen derecho a reclamar esta ayuda siempre que el difunto haya estado asegurado o pensionado con la entidad.

Asimismo, adquirir derechos y obligaciones como las parejas que contraen un matrimonio ante el registro civil forma parte de este acuerdo. La diferencia es que, en caso de que haya más de una persona involucrada, ninguno de los sobrevivientes tendrá acceso a este fondo.

Por tanto, la modalidad de pensión se otorgará a la pareja legal del pensionado o asegurado que haya fallecido. Si no se reconoce que hubo un esposo o esposa, este derecho se le cederá a la persona que haya vivido con el fallecido en los 5 años previos al deceso, así como con quien haya tenido al menos un hijo.

¿Qué requisitos debo cubrir para reclamar la pensión por viudez?

  1. El asegurado debió haber cotizado al menos 150 semanas ante el IMSS y debió haber tenido sus derechos vigentes al momento de su fallecimiento.
  2. En caso de que haya estado jubilado por riesgo de trabajo, será necesario presentar el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST. Este es expedido por los Servicios Médicos Institucionales.

¿Qué documentación se me solicitará?

Los documentos para este proceso, en caso de que seas la concubina o el concubinario son los siguientes:

  • Copia certificada del Acta de Nacimiento.
  • Acta de Adopción o Reconocimiento, emitida por las oficinas o juzgados del Registro Civil de la Entidad Federativa que corresponda o de la Ciudad de México.
  • Copia Certificada de la Resolución, emitida por autoridad judicial, que acredite la relación de concubinato, entre el beneficiario(a) y el asegurado(a) o pensionado(a) fallecido(a) durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de este(a) último(a).

Si deseas consultar más detalles sobre este trámite, puedes visitar la página del IMSS y dirigirte a la sección Solicitud de Pensión por Viudez o dar clic en este enlace.