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SALUD

Testigos de Jehová se niegan a tratar leucemia de su hija por creencias religiosas

Testigos de Jehová rechazan transfusión que salvaría la vida de su hija con leucemia; la SCJN interviene para que la reciba.

Una leucemia linfoblástica diagnosticada en Saraí, de seis años de edad, exige que se realice una transfusión de sangre urgente para salvar su vida, pero sus padres, de origen rarámuri, se negaron.

¿La razón? Son Testigos de Jehová, fe que prohíbe este tipo de procedimientos médicos… aunque sea una de las pocas alternativas que hay para salvar a la pequeña Saraí.

Ante la negativa, una trabajadora social del Hospital Infantil de Especialidades de Chihuahua, reportó el caso a la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes de Chihuahua, para que la decisión de realizar la transfusión de la menor quedara en otras manos que no fueran las de sus padres.

Luego de analizar cuidadosamente la situación, la subprocuraduría sustituyó la autoridad de los padres y autorizó las transfusiones, mismas que se aplicarían a lo largo de 15 días.

Sin embargo, María Ignacia Chávez, madre de la infante, indicó que la instancia la discriminó a ella y a su marido por, supuestamente, “su origen indígena”, haciéndolos “sentir demasiado ignorantes” como para tomar la mejor decisión respecto al tratamiento que su hija debía recibir, por lo que interpuso un amparo que fue aprobado por el juez Mauricio Fernández.

Y allí habría quedado el caso, de no ser porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), intervino para revocar la sentencia y autorizar el tratamiento médico que necesita Saraí.

En un comunicado, la Suprema Corte estableció que el Estado Mexicano tiene la facultad de autorizar el tratamiento a un menor gravemente enfermo aunque sus padres se resistan debido a sus creencias religiosas, mismas que pueden poner en riesgo su salud.

Se resolvió que debía sustituirse la voluntad de los padres de la menor, pues el tratamiento indicado por la ciencia médica consiente, precisamente, en la realización de quimioterapias acompañadas de transfusiones sanguíneas, por lo que a juicio de la Sala debe autorizarse el tratamiento indicado por el personal médico, pues solamente a través de esa intervención podrá protegerse la vida de la menor”.

El comunicado íntegro se encuentra en este enlace oficial de la SCJN y puedes revisarlo dando clic aquí.