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Senado aprueba la regulación del ‘home office’ ¿qué implica esto si trabajas desde casa?

La nueva reforma a la Ley de Federal de Trabajo ayuda a distinguir entre ‘home office’ y ‘freelance’

En el mes de junio, el Senado aprobó por unanimidad una modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que incluye mecanismos para regular y promover el teletrabajo, mejor conocido como home office.

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Bajo esta nueva modificación al artículo 311 de la LFT, el Senado define el home office como todo trabajo que “se realiza desde la casa del empleado o en un local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de un jefe.”

La reforma también ayuda distinguir el teletrabajo del trabajo independiente, o freelance, al indicar que el home office se realiza para el beneficio de un patrón (aunque éste no se encuentre presente en el mismo espacio).

Ahora bien, ¿qué es lo que esto implica para el empleado que trabaja desde su casa? El nuevo capítulo XII bis de la LFT enumera las siguientes condiciones:

Para empezar, el empleador debe “proporcionar a los teletrabajadores igualdad de trato, remuneración, capacitación, formación, seguridad social, acceso a las mejores oportunidades laborales. Igual que lo haría con alguien que trabaja en la oficina.”

Esto quiere decir que no puedes ser percibido como un colaborador freelance. Si formas parte de la nómina, tienes derecho a las mismas prestaciones y garantías que un empleador le ofrecería a un empleado de oficina. El hecho de trabajar desde casa no es justificación para privarte de estos beneficios.

Ante las facilidades que ofrecen los nuevos avances tecnológicos y la realidad de no tener que lidiar con los gastos del traslado (estacionamiento, gasolina, pasaje, etc), la opción de home office resulta cada año más atractiva tanto para empleados como empleadores.

Por eso, la nueva reforma a la ley le da un año el Poder Ejecutivo para crear una figura institucional que sirva como red nacional de fomento del teletrabajo.

El objetivo de este futuro órgano “es regular y promover el teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones”.

Con información adicional de El Economista.