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SAT: ¿Cuáles son las obligaciones para jóvenes mayores de 18 años?

  • El SAT aclaró que, por el momento, no habrá sanciones para jóvenes de 18 años que no tramiten su RFC

Con la aceptación de la Miscelánea Fiscal 2022 se dio la aprobación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años, aunque el SAT aclaró que quien no lo tramite, por ahora, no será acreedor a ninguna sanción, pero… ¿en qué casos si debe expedir? Lo aclaramos.

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El SAT detalló que realizar el trámite para obtener el RFC no implica que los jóvenes mayores de 18 años estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, esto a menos que ya realicen una actividad económica. De ser así, es necesario cumplir con este requisito.

También es preciso señalar que, la SEP llega a solicitar el RFC y firma electrónica para emitir cédulas profesionales para los recién graduados y titulados, por lo que si eres parte de este grupo de personas, aunque no realices ninguna actividad económica, probablemente deberás tramitarlo.

Por su parte, los jóvenes mayores de 18 años que ya hayan tramitado su RFC con anterioridad, pero que actualmente no trabajan, deberán verificar ante el SAT que estén registrados como “Inscripción de personas físicas sin actividad económica”, esto para no generar alguna obligación fiscal.

Una de las razones que por las que el SAT hizo obligatorio el RFC para mayores de 18 años, es porque busca introducirlos a una cultura contributiva, además de protegerlos ante el robo de identidad, pues empresas fantasmas los llegan a utilizar como prestanombres.

Si eres persona física, entre otras obligaciones que tienes, además de tramitar el RFC se encuentran: expedir comprobantes fiscales, llevar contabilidad y presentar declaraciones y pagos mensuales, así como la declaración anual.

Es importante señalar que los jóvenes que se inscriban al RFC sin desempeñar ninguna actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales a menos que cambien de régimen e inicien actividad.