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SAT: ¿Qué bienes te pueden embargar en 2022 si no cumples con tus obligaciones fiscales?

  • El embargo de estos bienes se realizará cuando se trate de créditos exigibles

El pasado 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones, correspondientes a la Miscelánea Fiscal 2022, entre los cuales destaca uno relacionado al embargo de bienes que puede realizar el SAT.

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Dentro de las diferentes cambios establecidos en la Miscelánea Fiscal 2022 ha resaltado la adición del artículo 151 Bis al Código Fiscal de la Federación (CFF) referente al embargo de bienes que podrá realizar la autoridad.

De acuerdo al artículo mencionado, la autoridad fiscal podrá, tratándose de créditos exigibles, llevar a cabo el embargo de bienes, por buzón tributario, estrados o edictos, siempre que se trate de los siguientes:

  • Depósitos bancarios, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida que no formen parte de la prima que haya de erogarse para el pago de dicho seguro, o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que tenga a su nombre el contribuyente en alguna de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
  • Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y en general créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de entidades o dependencias de la Federación, Estados y Municipios y de instituciones o empresas de reconocida solvencia
  • Bienes inmuebles
  • Bienes intangibles

El artículo 151 Bis también establece que, para el embargo de bienes, la autoridad fiscal previamente emitirá la declaratoria de embargo en la que detallara los bienes afectados, misma que hará del conocimiento del deudor por vía buzón tributario, estrados o edictos.

Es preciso establecer que se entiende como crédito exigible, por el que puede llevarse el embargo de bienes mencionados, cuando el fisco presume la existencia de un incumplimiento, se haya determinado el monto y enviado la notificación correspondiente.