Inicio  /  Historias
TRáMITES

Pasaporte mexicano con vigencia de un año, ¿quiénes pueden tramitarlo?

Por lo general la vigencia de un pasaporte mexicano es de tres, seis y diez años.

El pasaporte mexicano es un documento oficial que tiene distintas vigencias, sin embargo, no todas están disponibles para algunos usuarios; te decimos quiénes pueden tramitar el pasaporte por un año.

Te recomendamos: Países a los que puedes viajar sólo con tu pasaporte mexicano y sin visa en 2022

De acuerdo a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el pasaporte es un documento oficial de identidad y de viaje que el Gobierno de México otorga a los ciudadanos que desean viajar fuera del país, a través de las oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares.

Además de acreditar la identidad y nacionalidad de una persona, el pasaporte mexicano también solicita a las autoridades extranjeras que permitan el libre paso, y proporcionen ayuda y protección a quienes lo presenten.

¿Quiénes pueden tramitar el pasaporte mexicano por un año?

Aunque la vigencia del pasaporte mexicano por lo general es de tres, seis y diez años, existe la posibilidad de solicitarlo por un año, pero no todos los ciudadanos son elegibles para esta opción.

El pasaporte mexicano con vigencia de un año está dirigido específicamente a niños menores de 3 años, esto con la finalidad de garantizar su identificación oficial contemplando los cambios físicos que a esa edad sufre un menor de edad.

¿En qué otros casos se suele otorgar el pasaporte con vigencia de un año?

El pasaporte mexicano con vigencia de un año también puede expedirse a personas mayores de edad cuando éstas necesitan protección diplomática o política, o cuando el interesado necesita regresar a México y no cuenta con su pasaporte vigente, lo extravió o le fue robado.

Para solicitar este documento con vigencia de un año es necesario presentarse en la oficina consular más cercana y presentar estos documentos:

  • Original o copia certificada de un documento que acredite la nacionalidad mexicana (mencionados en el Art. 14, fracción V del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje).
  • Original de una identificación oficial vigente con fotografía (especificados en el artículo 14, fracción VI del Reglamento de Pasaportes y del Documento de Identidad y Viaje para conocer las opciones).
  • Comprobante de pago de los derechos correspondientes; para conocer dónde efectuarlo debe consultarse la Oficina Consular de México en el exterior más cercana.