Los contribuyentes pueden hacer correcciones a su situación fiscal incluso durante las facultades de comprobación de las autoridades; te explicamos en qué casos ocurre esto.
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Aunque el Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que las declaraciones presentadas por los contribuyentes son definitivas, estas pueden modificarse por medio de una declaración normal o complementaria, según corresponda.
Sin embargo, esta facultad solo aplica cuando se cumplan con estos requisitos, estipulados en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente:
1. Si incrementan sus ingresos o el valor de sus actos y/o actividades
2. Cuando disminuyan sus pérdidas, deducciones o se reduzcan las cantidades acreditables
3. Al ajustarse al resultado del dictamen financiero expedido por un contador público autorizado
4. Para dar cumplimiento a una disposición legal expresa
De acuerdo a una tesis del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), cuando las autoridades están ejerciendo sus facultades de comprobación, no se contempla en las normas fiscales un derecho ilimitado para la presentación de la declaración complementaria.
En otras palabras, este derecho se encuentra limitado a lo que establece la norma jurídica, que en este caso es el Código Fiscal de la Federación.