Inicio  /  Historias
ECONOMíA

¿Te pueden cobrar por un vaso de agua simple en restaurantes?

La respuesta la encontramos en la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México.

Existe la idea de que en los restaurantes no se debe cobrar por los vasos de agua simple, pero ¿qué dice la ley al respecto?

N+ te recomienda: Así es el área de evaluación física de productos de la Profeco

Cuando visitamos un restaurante, bar, hotel u otro negocio donde se ofrezcan alimentos, es habitual solicitar un vaso de agua, sin embargo, existe la duda si éste tiene algún costo.

Al respecto el artículo 28 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México establece que los restaurantes, establecimientos de hospedaje, clubes privados y establecimientos mercantiles de impacto zonal deben proporcionar agua potable, de manera gratuita y obligatoria, a los clientes que lo soliciten.

Si el agua es purificada de grifo esta siempre debe ser gratis, en cambio, esta tendrá un costo si el comensal solicita que sea embotellada. Los establecimientos deben ofrecer ambas opciones.

Respecto a las bebidas embotelladas, la ley señala que en la carta o menú debe especificarse su precio correspondiente.

Al respecto, la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que “en todo establecimiento de prestación de servicios, deberá exhibirse a la vista del público la tarifa de los principales servicios ofrecidos, con caracteres claramente legibles. Las tarifas de los demás, en todo caso, deberán estar disponibles al público”.