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¿Puedes perder tu pensión si te jubilas y vuelves a trabajar?

Hay ciertas reglas que debes seguir si deseas volver a trabajar después de tu jubilación.

Si cuentas con una pensión por ser jubilado y vuelves a trabajar, este apoyo no se pierde. Sin embargo, hay varios factores que debes considerar.

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El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) estipula que, para no perder una pensión, es necesario que al menos hayan pasado seis meses desde la jubilación, no ocupar el mismo puesto y que el salario sea 50% menor al que se percibía.

Al respecto, en el artículo 196 de la Ley del IMSS se estipula que si un jubilado regresa al régimen obligatorio tendrá que abrir una nueva cuenta Afore en donde se acumularán las cotizaciones de su nuevo trabajo:

“El asegurado que goce de una pensión de cesantía en edad avanzada o de vejez, cuando reingrese al régimen obligatorio, no efectuará las cotizaciones a que se refiere el párrafo segundo del artículo 25 de esta Ley, ni las de los seguros de invalidez y vida.

El asegurado abrirá una nueva cuenta individual, en la Administradora de Fondos para el Retiro que elija de acuerdo con las normas generales establecidas en esta Ley. Una vez al año, en el mismo mes calendario en el que adquirió el derecho a la pensión, podrá el asegurado transferir a la Aseguradora que le estuviera pagando la renta vitalicia, el saldo acumulado de su cuenta individual, conviniendo el incremento en la renta vitalicia o retiros programados que esta última le esté cubriendo”

Con respecto al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), si un asegurado regresa a la dependencia u organismo debe informar al instituto para suspender la pensión hasta que vuelva a deslindarse de sus nuevas responsabilidades. En cuanto deje este trabajo, lo generado se incorporará a su pensión.

Si el pensionado ingresa a un empleo que no involucre inscribirse al ISSSTE, no es necesario que informe a la dependencia y puede seguir con el cobro normal de su pensión.