Si quieres saber cómo puedes obtener el pago a ascendientes de la Pensión IMSS 2022, te explicamos los requisitos y cómo hacer la solicitud.
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El Instituto Mexicano del Seguro Social establece que el pago de ascendientes puede ser solicitado por los padres o madres de un asegurado o pensionado ante el IMSS que falleció y que dependían económicamente de su hijo o hija. En ese caso, la pensión pasa a cada uno de los padres, siempre y cuando no tuviera cónyuge, hijos, o concubina o concubinario con derecho a la pensión.
¿Cuáles son los requisitos?
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Acreditar la dependencia económica con el asegurado o pensionado fallecido.
- Que no haya cónyuge, hijos o concubina (rio) con derecho a la pensión.
- Que el asegurado hubiese tenido al momento de su fallecimiento, 150 semanas de cotización y se encontrara vigente o en conservación de derechos.
- Tratándose del fallecimiento del asegurado, derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de
- Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales.
- Si el asegurado fallecido gozaba de una pensión de incapacidad permanente y muere por causa distinta a un riesgo de trabajo, será necesario acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización y que hubiese causado baja del Régimen Obligatorio.
¿Cómo solicitar el pago de ascendientes de la Pensión IMSS 2022?
Para iniciar el trámite, puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana. Y se tienen que presentar los siguientes documentos en original y copia:
En caso de asegurado fallecido:
- Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la
- Afore, con una antigüedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión o de la prestación económica de que se trate, sólo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997. (este último requisito se deberá presentar si el asegurado tiene cotizaciones posteriores al 30 de junio de 1997).
- Copia certificada del Acta de Nacimiento.
- Copia certificada del Acta de Defunción.
En caso de pensionado fallecido
- Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
- Copia certificada del Acta de Defunción.
El beneficiario deberá presentar:
- Identificación oficial con fotografía y firma vigente.
- Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones.
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada, a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.
- Copia certificada del acta de nacimiento.
- Copia Certificada de la resolución emitida por autoridad judicial que acredite la dependencia económica.
Para más información sobre la documentación dar clic aquí.