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POLíTICA

Deberán pagar tiempo extra de jornada laboral… incluso minutos

Minutos que excedan la jornada laboral se sumarán y pagarán: Suprema Corte de la Nación luego de emitir fallo que beneficiará a los trabajadores.

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De esta manera, cuando un trabajador acumule minutos, estos se sumarán en sus horas extra que luego deberán ser pagadas por el empleador.

La Ley Federal del Trabajo establece que la jornada laboral no debe exceder las 8 horas, la diurna; 7, la nocturna y 7 y media la mixta.

Así que los minutos que se cuenten a partir de la hora ocho deberán ser pagados.

La resolución de la contradicción de tesis 107/2018 dada a conocer en la Sala, según la secretaria de Estudio y Cuenta, Patricia Penagos, indica que:

Tiempo extraordinario, minutos o fracciones de hora laborados, excedentes a la duración de la jornada laboral, son acumulables a la semana y serán pagados en términos de ley por unidad de hora completa”.

Durante la sesión del 6 de junio, la Segunda Sala emitió la jurisprudencia que obliga a todos los juzgados y tribunales del país a considerarla al momento de resolver asuntos de esa índole.

La ley también indica que cuando la jornada se prolongue por nueve horas a la semana, el salario se pagará al doble. Sin embargo, si se exceden las nueve horas, el patrón deberá pagar triple.

Esto de acuerdo a los artículos 59, 60, 61, 67 y 68 de la Ley Federal del Trabajo.