Por medio del Diario Oficial de la Federación (DOF) se dio a conocer el acuerdo con el cual se aprobaron los plazos máximos de resolución y vigencia, así como los datos y documentos que se deben proporcionar a los trámites ante el IMSS, por lo que a continuación te damos todos los detalles respecto a este anuncio.
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A través del acuerdo ACDO.AS2.HCT.260122/12.P.DIR, el IMSS realizó ajustes administrativos con los que llevar a cabo trámites será más sencillo, además de que el tiempo para los mismos quedaron establecidos.
Ahora, según el acuerdo publicado recientemente, el tiempo máximo para cada trámite será el siguiente:
- Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio – 5 días hábiles
- Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social
– Patrón Persona Física con trabajadores asegurados a su servicio – 1 día hábil
– Trabajadores no asalariados del ámbito urbano – 1 día hábil
– Trabajadores no asalariados del campo – 1 día hábil - Incorporación al Seguro de Salud para la Familia – 1 día hábil
Para conocer a detalle los requisitos o documentos que se necesitan para cada trámite, además de su vigencia, se puede consultar en este enlace.
Entre otros puntos relevantes, además de los plazos, se encuentran los siguientes aspectos:
- Aprobación de los formatos Aviso de Registro Patronal Personas Morales en el Régimen Obligatorio y Aviso de Registro Patronal Personas Físicas en el Régimen Obligatorio
- Aprobación de que los trámites puedan gestionarse de manera electrónica, siempre que el IMSS ponga a disposición las herramientas tecnológicas necesarias para realizarlos por dicha vía