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¿Los hijos tienen la obligación de dar pensión alimenticia a los padres? Esto dice la ley

  • La ley establece que la obligación de dar alimentos es recíproca

El término pensión alimenticia” con regularidad se relaciona solo a que los padres deben cumplir con los hijos; sin embargo, esta obligación es recíproca, es decir, los hijos también deben dar alimentos a los papás.

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Debido a su nombre, la pensión alimenticia solo se puede entender como la responsabilidad de dar alimento, pero de acuerdo al Código Civil Federal los alimentos comprenden los siguientes aspectos:

  • Comida
  • Vestido
  • Habitación
  • Asistencia médica
  • Esparcimiento (menores de edad)
  • Educación primaria (menores de edad)

De acuerdo al capítulo II referente al de los alimentos de Código Civil Federal, la “obligación de dar alimentos es recíproca. El que los da tiene a su vez derecho de pedirlos”, según el artículo 301 del documento referido.

Por su parte, el artículo 304 del código civil establece que “los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por imposibilidad de hijos, lo están descendientes más próximos en grado”.

En octubre de 2019, Miguel Morales Monter, quien en ese momento era juez Quinto Familiar del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, señaló que “cuando los padres entrar a una etapa ya de adultos, estos tienen el derecho de demandar los hijos el pago de una pensión alimenticia”.

Sin embargo, para que la petición de padres a hijos proceda, se deben cumplir algunos requisitos como que quede establecido el parentesco mediante una acta de nacimiento y que se acredite el estado de necesidad, por lo que si recibe algún ingreso, la pensión alimenticia no procedería.

Cuando los padres tengan varios hijos, explicó Monter, la obligación se repartirá de manera equitativa, equilibrada y conforme a sus posibilidades, y si solo uno tiene la posibilidad de cubrir la pensión alimenticia, será ese el que cubra íntegramente la pensión.