Inicio  /  Historias
SALUD

¿En qué estados y por qué causas es legal el aborto en México?

El aborto legal se puede realizar en México y cada estado tiene sus leyes sobre el tema

La normatividad en cada estado de nuestro país es distinta para diversos temas, incluso el aborto. ¿En dónde es legal en México? A continuación, la respuesta.

N+ te recomienda: ¿Cómo nació el Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal?

De acuerdo a la Alianza Nacional por el Derecho a Decidir (Andar), en México el aborto es legal dependiendo de las circunstancias y de la ley en cada estado. En total, en el país, las causales por las que se puede abortar sin que sea considerado delito son 8 y son:

  • Violación
  • Cuando la salud de la mujer está en peligro
  • Si está en riesgo la vida de la mujer
  • Malformación congénita grave del producto
  • Si el embarazo es producto de inseminación artificial en contra de la voluntad de la mujer
  • Si el aborto fue imprudencial (por accidente)
  • Si la economía de la mujer se agrava
  • Por decisión libre

Descubre más webstories en N+

¿Qué causales acepta cada estado?

Como se mencionó, las circunstancias contempladas en la ley para que el aborto sea legal dependen de las leyes en cada estado. Hasta el momento, solo 6 de 32 entidades lo permiten por decisión libre y hasta las 12 semanas de gestación; la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California y Colima, mientras que todos los estados consideran a la violación como una causal legal para la interrupción del embarazo. Esta fue avalada por la Norma Oficial Mexicana (NOM), misma que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos producto de esta razón.

¿Y por qué lo permite cada estado?

  • Aguascalientes: violación, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial
  • Baja California: violación, riesgo para la vida de la mujer, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial y libre decisión
  • Baja California Sur: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial
  • Campeche: violación, salud de la mujer y aborto imprudencial
  • Chiapas: violación, riesgo para la vida de la mujer y malformaciones congénitas graves
  • Chihuahua: violación, salud de la mujer en peligro, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial
  • Ciudad de México: violación, salud de la mujer en peligro, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida, decisión libre y aborto imprudencial
  • Coahuila: violación, riesgo para la vida de la mujer, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial. Sobre el aborto por elección, la Suprema Corte de Justicia de la Nación “declaró la invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto […], pues vulnera el derecho de la mujer y de las personas gestantes a decidir”. Es decir, ninguna mujer deberá ser encarcelada por abortar.
  • Colima: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial y por elección.
  • Durango: violación, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial
  • Edomex: violación, salud de la mujer en peligro, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.
  • Guanajuato: violación y aborto imprudencial.
  • Guerrero: violación, salud de la mujer en peligro, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.
  • Hidalgo: violación, salud de la mujer en peligro, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial y libre decisión.
  • Jalisco: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.
  • Michoacán: violación, salud de la mujer en peligro, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida, situación económica y aborto imprudencial.
  • Morelos: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.
  • Nayarit: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.
  • Nuevo León: violación, salud de la mujer y riesgo para la vida de la mujer.
  • Oaxaca: violación, riesgo para la vida de la mujer, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial, malformaciones congénitas y libre decisión.
  • Puebla: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves y aborto imprudencial.
  • Querétaro: violación y aborto imprudencial.
  • Quintana Roo: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves y aborto imprudencial.
  • San Luis Potosí: violación, riesgo para la vida de la mujer, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.
  • Sinaloa: violación, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.
  • Sonora: violación, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.
  • Tabasco: violación, riesgo para la vida de la mujer e inseminación artificial.
  • Tamaulipas: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.
  • Tlaxcala: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida y aborto imprudencial.
  • Veracruz: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, inseminación artificial no consentida, aborto imprudencial y libre decisión.
  • Yucatán: violación, riesgo para la vida de la mujer, malformaciones congénitas graves, situación económica y aborto imprudencial.
  • Zacatecas: violación, salud de la mujer en peligro, riesgo para la vida de la mujer y aborto imprudencial.

Es preciso establecer que en la Ciudad de México las mujeres de otros estados, e incluso países, también pueden hacer un aborto de manera legal hasta los cinco meses de embarazo siempre que las solicitantes hayan sido víctima de una violación sin tener que presentar una denuncia.

Avances legales en materia de derechos reproductivos

Cabe señalar que en septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México invalidó la objeción de conciencia médica en la Ley General de Saludo por considerarla demasiado abierta y riesgosa para la salud del paciente.

También en septiembre, la SCJN declaró por unanimidad, con 11 votos, que es inconstitucional reconocer “la vida humana desde la concepción”.

Los fallos de la SCJM relacionados con el tema iniciaron con declarar como inconstitucionalidad la penalización del aborto en la primera etapa del embarazo. Este fallo obligará a los jueces de todo el país, a acatar la orden, por lo tanto, los impartidores de justicia deberán considerar que son inconstitucionales las normas penales de los estados que criminalizan el aborto.