Inicio  /  Historias
ECONOMíA

Entra en vigor decreto para regularizar ‘autos chocolate’ en 10 estados

Se dieron a conocer las reglas y lineamientos de importación definitiva de los vehículos que circulan en México de manera ilegal

El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto en el que se establecen las reglas de operación para regularizar los llamados ‘autos chocolate’.

Te recomendamos: ¿Qué dice el acuerdo publicado por el gobierno sobre los ‘autos chocolate’?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer los lineamientos y las reglas de importación definitiva de los vehículos que circulan ilegalmente —’autos chocolate’— en México. El objetivo es controlar la inseguridad y generar certeza en los dueños de vehículos de trabajo adquiridos en Estados Unidos y Canadá.

En la edición vespertina del DOF del miércoles 19 de enero de 2022, se publicó el decreto que determina los lineamientos para regularizar las unidades para uso de trabajo y traslado de personas que estén en Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, Durango, Michoacán y Nayarit.

Foto: Cuartoscuro

“Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes que apliquen lo dispuesto en el presente decreto, equivalente al monto de las contribuciones y multas federales que se causen o generen por la importación definitiva prevista en este instrumento”, se lee en el decreto.

En el decreto también se indica que los requisitos para la regularización de los ‘autos chocolate’ son que el modelo del vehículo sea de ocho o más años anteriores a aquel en el que se realice la importación definitiva.

El decreto publicado en el DOF establece que no podrán importarse en forma definitiva al territorio nacional, los vehículos que, de acuerdo a los términos expresados en el documento:

  • Por sus características o aspectos técnicos, esté restringida o prohibida su circulación en el país de procedencia o en México.
  • El vehículo a importar sea de lujo o deportivo a que se refiere el Anexo 2 de la Resolución que establece el Mecanismo para Garantizar el pago de Contribuciones en Mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • No se trate de vehículos blindados.
  • No cumplan con las condiciones físico mecánicas o de protección al medio ambiente, de conformidad con las disposiciones federales o locales aplicables.
  • Hayan sido reportados como robados.
  • Se encuentren relacionados con la comisión de un delito en alguna carpeta de investigación o proceso penal.