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FAMILIA

Cónyuge dedicado al hogar recibirá compensación tras divorcio: Suprema Corte

La Suprema Corte determinó que, en caso de divorcio, es procedente el pago de una compensación para quien se dedicó al hogar, incluso si no lo contempla la legislación local

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que en caso de divorcio, el o la cónyuge que se dedicó al hogar tiene derecho a una compensación económica, incluso si la legislación local no contempla una medida semejante. Se espera que esta resolución promueva divorcios más justos en el país.

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La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la procedencia de una indemnización económica de hasta el 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio para la persona que se dedicó al hogar y la crianza. Esta resolución es válida bajo el régimen de separación e bienes, incluso si la legislación local no lo prevé.

Esta decisión histórica derivó de un juicio de amparo ocurrido en Veracruz. Una mujer planteó la inconstitucionalidad del artículo 162 del Código Civil de la entidad.

Según reclamó, el artículo no contemplaba una compensación por los bienes adquiridos durante el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes. Esto violaría el principio de igualdad entre cónyuges.

En una primera instancia, el Tribunal Colegiado negó el amparo, por lo que la solicitante interpuso un recurso de revisión.

Posteriormente la Suprema Corte resolvió que la compensación económica no puede depender de que esta sea reconocida expresamente en la legislación local, puesto que violaría el principio de igualdad y no discriminación amparado por el Artículo 1 de la Constitución.

Se espera que esta resolución de la Suprema Corte promueva divorcios más justos en el país, donde la parte que se dedicó al hogar reciba con compensación por los bienes adquiridos.