Con 385 votos, la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que, en caso de divorcio bajo el régimen de separación de bienes, compensará al cónyuge que se haya dedicado principalmente a las labores del hogar o al cuidado de los hijos.
Dicho dictamen añadirá el artículo 288 bis al Código Civil Federal.
La compensación deberá decretarse mediante la resolución de un juez y podría ascender hasta el 50% de los bienes generados por la pareja económicamente activa. El juez que lleve el caso deberá tener a consideración los bienes adquiridos durante el matrimonio, la duración de este, además de los ingresos que se hayan generado y las necesidades del cónyuge dedicado al hogar o la crianza, entre otros parámetros.
Dentro de la resolución, también deberán fijarse las bases para actualizar la compensación y qué mecanismos funcionarán para garantizar su efectividad.
Este dictamen aún tiene que ser aprobado por la Cámara de Senadores.