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Declaración anual: esta es la multa para quienes no la presenten

  • La declaración anual, para personas físicas, se debe realizar en el mes de abril

El mes de abril es uno de los más importantes en materia fiscal, pues es cuando las personas físicas deben presentar su declaración anual correspondiente al año anterior inmediato y el no hacerlo puede traer consigo importantes multas, mismas que a continuación te decimos.

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La declaración anual es un trámite que suele causar una especie de nerviosismo, pues la mayoría de la gente busca evitar tener algún problema con las autoridades fiscales como el SAT y la SHCP, por esta razón se procura realizar en tiempo y forma.

Sin embargo, por diferentes cuestiones, pueden existir casos en los que las personas no presenten su declaración anual y, como es lógico pensar, esto tiene consecuencias traducidas en multas establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF). 

De acuerdo al artículo 82, a quienes cometan infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información; con la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet o de constancias y con el ingreso de información a través de la página de internet del SAT, se impondrán las siguientes multas:

  • De mil 560 a 19 mil 350 pesos, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas

En este inciso se destaca que, si dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración anual por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta una declaración complementaria, en la que agrega contribuciones adicionales, también se aplicara la multa de mil 560 a 19 mil 350 pesos.

  • De mil 560 a 38 mil 700 pesos por cada declaración, solicitud, aviso o constancia fuera del plazo señalado
  • De 15 mil 860 a 31 mil 740 pesos por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos, estando obligado a ello

Considerando lo anterior, siempre se recomienda presentar la declaración anual en tiempo y forma, pues de esta forma se evitarán multas del SAT o sanciones.