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Si trabajas el 1 de mayo, ¿deben pagarte extra?

La Ley Federal del Trabajo contempla los días que un empleado tiene derecho a descansar

Si trabajo un día feriado, ¿cuánto me tienen que pagar? Esta es la pregunta que muchos se hacen para este primero de mayo, Día del Trabajo. De acuerdo con la ley en México, en este caso tienes derecho a una remuneración superior al de una jornada regular. A continuación te explicamos el monto que aumenta tu salario por trabajar en un día de asueto y los detalles de este derecho.

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En efecto, el 1 de mayo está contemplado entre los días de descanso que “los trabajadores no están obligados a prestar servicios”, según el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

  • 1 de enero;
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • El 1 de mayo;
  • El 16 de septiembre;
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • El 25 de diciembre, y
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electora

Asimismo, el articulo 73 de dicha ley contempla que, en caso de incumplir la disposición, “el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.

Deben pagarte extra si trabajas el 1 de mayo. (Foto: Pixabay)

Es decir que, si ganas cada día 100 pesos, entonces el 1 de mayo te deberán pagar 200 pesos adicionales por trabajarlo, es decir, percibirías el triple, que, este caso, serían 300 pesos.

Visto desde este punto de vista, trabajar en un día feriado puede resultar una opción atractiva en el aspecto económico. Por lo que bien puedes preguntarle a tu empleador si puedes trabajar el 1 de mayo.

Al respecto, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo dice que “los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje”.

Recuerda que cualquier incremento de salario estará sujeto a las deducciones atribuidas al ISR y al IMSS.

Para cualquier irregularidad que detectes al respecto, puedes acudir a las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde un abogado te brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.