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POLíTICA

Consumo de marihuana: ¿Qué permite y qué prohíbe el fallo de la SCJN?

Los mexicanos mayores de edad podrán consumir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar marihuana con fines recreativos

En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el uso con fines lúdicos de la marihuana, ¿pero qué permite y qué prohíbe el fallo de la SCJN sobre esta planta?

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A grandes rasgos a partir de ahora los mexicanos mayores de edad podrán consumir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar marihuana con fines lúdicos, pese a que el cannabis recreativo deba enfrentar algunas limitaciones que sean parte clave de la declaración de inconstitucionalidad.

Dado que los artículos de la Ley General de Salud que prohibían el consumo lúdico y el autocultivo o transporte de la marihuana han sido cancelados, ahora será el Congreso el encargado de legislar las cantidades y lugares de consumo de la planta.

¿Qué se podrá hacer con la marihuana?

Tras el fallo de la SCJN, los mexicanos mayores de 18 años de edad contarán con vía libre al consumo lúdico de cannabis y tetrahidrocannabinol, pudiendo:

  • Consumirla
  • Sembrarla
  • Cultivarla
  • Cosecharla
  • Distribuirla
  • Recolectarla
  • Prepararla y poseerla

Siempre y cuando sea para el uso recreativo entre particulares en cantidades que más adelante serán determinadas por las autoridades.

Con la actual reforma se elimina la prohibición absoluta sobre el cannabis en la Ley General de Salud que antes solo permitía su uso médico, por lo que ahora será la COFEPRIS quien extienda permisos de autocultivo personal.

Este, así como la posesión de semillas, deberá ser aprobado por la Secretaría de Salud para consumo personal adulto, lo que no significa que todo el consumo de la marihuana sea legal ni que quienes lo realicen puedan hacerlo sin limitaciones.

Sobre el Código Penal no se realizó ninguna modificación, por lo que los delitos como el narcomenudeo seguirán siendo vigentes.

¿Qué no se podrá hacer con la marihuana?

  • El cannabis recreativo no podrá ser consumido frente a menores de edad ni en lugares que pudieran afectar a terceros que no hayan obtenido la autorización
  • No se podrá bajo ninguna circunstancia conducir ningún vehículo ni desarrollar ningún tipo de actividad que ponga en peligro a otras personas