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Concubinas podrán cobrar pensión por viudez a partir del 2022

La Cámara de Diputados deberá eliminar el matrimonio como requisito para la pensión por viudez

A partir del año 2022, las concubinas podrán cobrar pensión por viudez. Actualmente, la Ley del Seguro Social exige el matrimonio para otorgar la pensión.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 132 de la Ley del Seguro Social.

Este artículo prohibía que la pareja sentimental recibiera una pensión por viudez en varios casos: cuando el derechohabiente moría antes de cumplir seis meses de matrimonio y cuando el asegurado se hubiese casado después de cumplir 55 años de edad. A esto se agrega la limitante inscrita en el artículo 130, que pide un plazo de cinco años de concubinato para que la pareja sentimental tenga derecho a la pensión.

Derivado de esta decisión, el miércoles 15 de diciembre se turnó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados un proyecto para reformar dicho artículo. A decir de la Suprema Corte, este artículo condiciona que se otorgue la pensión a una causa ajena al trabajador, como es el deceso.

Parejas sentimentales podrán cobrar pensión por viudez. (Fuente: Pexels)

“La o el trabajador ya generó el derecho a favor de su beneficiario o beneficiaria, puesto que realizó sus aportaciones por un determinado número de años”, se apunta en el proyecto presentado por la diputada priista Marcela Guerra.

El artículo 123 de la Ley del Seguro Social se introdujo en 1995. El fin de dicho artículo era prevenir los casos de fraude hacia el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Al respecto, la SCJN determinó que la presunción de que estas uniones ocurren en fraude dejan en un estado de indefensión al cónyuge. La Suprema Corte abrió un plazo de 90 días para que esta reforma sea elaborada por la Cámara de Diputados, por lo que se espera que hacia febrero del 2022 se haya aprobado en el pleno.