Cuando un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) fallece, este puede legar su pensión a un familiar. Te decimos cómo se puede solicitar esta pensión y quiénes tienen derecho a ella.
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Comúnmente, esta pensión suele quedar en manos de la cónyuge. Por esto se le conoce como pensión por viudez.
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No obstante, la pensión también puede legarse a los padres o a hijos.
¿Qué requisitos se deben cumplir para cobrar esta pensión?
Existen requisitos diferentes para cada familiar que solicite esta pensión.
- Cónyuge: en este caso, el derechohabiente debió haber cotizado al menos por 150 semanas. La pensión también puede ser solicitada por un concubino o concubina, pero deberá comprobar que vivieron juntos los últimos cinco años.
- Hijos: Los hijos de hasta 15 años pueden cobrar una pensión por orfandad. Posteriormente, de los 16 a los 25 años, deberán demostrar que continúan con sus estudios. En caso de que el hijo cuente con alguna discapacidad o afección, podrá seguir recibiendo la pensión.
- Padre o madre: Si el fallecido no tenía esposa ni hijos, la pensión podrá ser cobrada por su padre o madre. No obstante, deberá comprobar la relación filial y que dependía económicamente del derechohabiente.
La pensión por viudez se puede extender a padres e hijos. (Fuente: Pexels)
Para realizar el trámite, el familiar deberá acudir a la Unidad Médico Familiar (UMF) asignada con los siguientes documentos:
- Cualquier documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) del pensionado
- Acta de defunción certificada
Por su parte, el beneficiario deberá presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial
- Comprobante de domicilio
- CURP
- RFC
- Documento que compruebe la relación con el fallecido
Puede obtener más información en el siguiente enlace.