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ECONOMíA

¿Cómo debo facturar si soy freelancer?

Actualmente existen 11.4 millones de personas  que trabajan por cuenta propia. Esto equivale a que un 22.4% de la población económicamente activa en el país debe facturar de manera personal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Los prestadores de servicios independientes o “freelancers” cuentan con tres opciones para cumplir con la emisión de facturas o Comprobante Fiscal por Internet (CFDI)  los cuales deben ser indistintamente de la nueva versión 3.3 siguiendo las condiciones impulsadas por el SAT que entrarán en vigor a partir del 1 de diciembre.

Si aún no se cuenta con facturas propias, se puede tener acceso a ellas obedeciendo el siguiente procedimiento:

  • Tramita tu RFC con homoclave y firma electrónica (FIEL) ante el SAT. Sin este requerimiento no se podrá realizar ningún trámite posterior.
  • Obten un Certificado de Sello Digital (CSD), para ello hay que descargar y usar la aplicación Certificada por el SAT.
  • Generar desde la aplicación la solicitud CSD, para esto se necesitará la FIEL.
  • Guardar en un lugar seguro los dos archivos obtenidos con la solicitud.
  • Enviar la solicitud CSD.
  • Resguardar el Certificado de Sello Digital que llegará como un archivo con extensión “.cer”.
  • En este punto ya se cuenta con clave privada, con llave privada (archivo “.key”) y con la llave publica (archivo “.cer”).
  • Opcionalmente se pueden contratar los servicios de un contador y un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) para tener un servicio más personalizado

Según información de la  consultora IDC, los prestadores de servicios independiente tienes tres opciones para cumplir con la emisión de estas facturas.

Sitio Web del SAT

Esta opción es totalmente gratuita y puede utilizarse en la página de Internet del Servicio de Administración. En el portal se puede acceder a toda la información acerca de los cambios de formato, servicios para generar facturas, guías de llenado, manuales, preguntas frecuentes y calendarios de actualización.

Existen tutoriales en video e incluso hay capacitación a través de talleres.

Mis Cuentas

La segunda opción, también en el portal del SAT, se realiza con la aplicación “Mis cuentas” del sitio, con esta opción  no se tendrá que hacer ajuste alguno, salvo llenar los campos ahora actualizados.

Proveedores autorizados por el SAT

Es posible contratar a un proveedor autorizado por el SAT, sin embargo es necesario verificar que el servicio cumpla con los cambios de la nueva versión 3.3. para que esta sea efectiva.

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Responsabilidades del freelancer

La responsabilidad de emitir correctamente la factura corresponde únicamente al proveedor del servicio.

Si una factura se emite con errores, tanto el freelancer como el cliente se pueden hacer acreedores a multas ya que los clientes no podrán deducir el pago realizado en el Impuesto sobre la Renta (ISR) ni acreditar el IVA.

Los puntos a revisar para emitir la nueva versión de CFDI son:

  • Anotar la clave de la rama de actividad económica a que se dedica el contribuyente.
  • Transcribir la unidad de medida a de una lista de catálogos predefinidos por la autoridad.
  • Señalar el uso que le dará el cliente al comprobante, es decir, si lo utilizará para darle o no un efecto fiscal.

 

Con información de: Servicio de Administración Tributaria