Inicio  /  Historias
FAMILIA

¿A quién correspondería la pensión por viudez de un trabajador bígamo?

La SCJN ha emitido un procedimiento para resolver estos casos

¿Qué ocurre cuando un trabajador fallece y dos personas solicitan la pensión por viudez? ¿A quién debe atender el gobierno? La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha publicado un procedimiento que se debe seguir en casos de bigamia.

Te recomendamos: Corte desestima proyecto a favor del uso del lenguaje inclusivo en las leyes

La bigamia es un delito incluido en el Código Penal Federal, que se castiga hasta con cinco años de prisión. Ocurre cuando una persona se ha casado sin haberse divorciado de su anterior cónyuge.

Por supuesto, sus consecuencias legales y las afectaciones que produce en la vida familiar son considerables. Un conflicto que recientemente abordó la Suprema Corte fue qué debe hacer una institución cuando dos personas solicitan la pensión por viudez de un trabajador.

El nuevo procedimiento para estos casos nació después de que un juzgado especializado en materia laboral atendiera la petición de una mujer que exigía una pensión por viudez que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ya había otorgado a alguien más.

El caso llegó al Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito. Ahí se determinó que la pensión correspondía a aquella que había interpuesto la demanda y no a la que ya gozaba de la pensión del IMSS.

Para llegar a esta conclusión, el magistrado Miguel Bonilla López acudió a una jurisprudencia emitida en 2017. El procedimiento derivado de esta resolución instruye que se debe dar prioridad al acta de matrimonio más antigua cuya veracidad quede comprobada.

Esto implica confirmar que el acta es fidedigna y que no contiene una anotación marginal que indique un divorcio. En México, un cónyuge puede cobrar entre el 40% y el 90% del monto que recibía su pareja.