POLíTICA

Supremo de Venezuela señala que es decisión del Parlamento reasumir funciones

La junta directiva del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela indicó que no ha suprimido las funciones del Poder Legislativo, y que es solo responsabilidad del Parlamento “reasumir” sus funciones acatando las decisiones del Poder Judicial.

“Es solo responsabilidad del órgano legislativo reasumir el válido ejercicio legal y legítimo de sus competencias constitucionales al acatar las decisiones del Poder Judicial y someterse al estado de derecho”, informó el Supremo a través de un comunicado leído por el presidente del Poder Judicial, el magistrado Maikel Moreno.

El máximo tribunal sometió a revisión dos sentencias en las que limitaba la inmunidad parlamentaria y en las que asumía las funciones de la Cámara ante la persistencia del desacato del Legislativo en el acatamiento de varias sentencias del TSJ, luego de un exhorto del Consejo de Defensa de la Nación.

En el texto en el que fijó su posición, el TSJ sostiene que “no ha despojado al Parlamento de sus funciones, así como tampoco lo han disuelto o anulado, y reconoce la inmunidad parlamentaria como una garantía de la función legislativa con las limitaciones que establece el texto constitucional”.

Señala que las decisiones tomadas en resguardo del orden constitucional “implican la adopción de medidas destinadas a garantizar el funcionamiento eficaz de la institucionalidad democrática del Estado y la protección del Estado”.

Ambas sentencias, al igual que un conjunto de decisiones dictadas durante el último año, reiteran que la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, podrá corregir la ilegalidad de sus actos acatando las sentencias que exigen que sean separados tres de los 112 diputados opositores, por supuestas irregularidades en su proceso de elección.

El Consejo de Defensa de la Nación, un órgano de consulta que reúne a los jefes de los poderes públicos para atender asuntos de suma importancia, fue convocado por el jefe de Estado, NicolásMaduro, luego de que la fiscal general, Luisa Ortega, alertara sobre una “ruptura del orden constitucional” con la decisión del TSJ.

El Supremo “en consideración al exhorto efectuado por el Consejo de Defensa Nacional ha procedido a revisar las decisiones 155 y 156”, leyó Moreno refiriéndose a las dos decisiones que desarmaron al Poder Legislativo.

El magistrado se refirió también a la posición de la fiscal general como una postura “respetable” por cuanto “es una venezolana que tiene una opinión”.

Aseguró también que el Poder Judicial “no demostrará pasividad antes los ataques de los cuales pudiéramos ser objeto por parte de factores nacionales e internacionales que hoy se alzan con una vocería tendenciosa y desconocedora de la soberanía nacional”.

 

SUPREMO RETIRA A MADURO CAPACIDAD PARA EJERCER PODERES EXCEPCIONALES        

El Tribunal Supremo de Justicia venezolano también suprimió una medida cautelar con la que facultaba al presidente Nicolás Maduro con poderes para evitar un “estado de conmoción” y le permitía revisar normas de la legislación penal, militar y contra el terrorismo.

Aunque el Tribunal Supremo no ha difundido aún el texto de la decisión a través de la que dictaminó anular esta medida, dictada hace cinco días, sí indicó que “se suprime la cautelar 5.1.1” de la sentencia 156 de la Sala Constitucional.

La medida a la que alude el anuncio del TSJ facultaba al jefe de estado a ejercer “medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales que estime pertinentes y necesarias para evitar un estado de conmoción”.

El texto legal precisaba que el mandatario venezolano debía tomar estas acciones en “ejercicio de sus atribuciones constitucionales”, y le ordenaba “revisar excepcionalmente” normas, en el marco del estado de excepción, vigente en el país desde hace más de un año.

El objetivo era atender la situación económica del país, con una norma que facultaba al presidente para “revisar” las normas y solicitar al Supremo su sanción y aprobación, ante el desacato y omisión legislativa del Parlamento.

 

ramg