ECONOMíA

Médicos deben aceptar pagos electrónicos, declara la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la obligación de médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos para aceptar el pago de sus honorarios mediante operaciones bancarias.

La Primera Sala negó amparo a varios médicos contra la Fracción Primera del Artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que permite a los contribuyentes pagar los honorarios de esos especialistas mediante cheque, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios, a fin de hacerlos deducibles.

Las operaciones a través del sistema financiero no sólo permiten a los contribuyentes tener constancia de sus gastos, también dan información a las autoridades hacendarias de los ingresos de los prestadores de servicios.

De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta son deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos o prótesis, gastos hospitalarios, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivados de algunas incapacidades.

La ley sólo exenta de la obligación de pagar gastos médicos a través de operaciones bancarias en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.

Con información de Arturo Cerda

LSH