CLIMA Y FENóMENOS NATURALES

SCJN invalida reforma electoral de Chiapas

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró invalidas modificaciones a la ley electoral de Chiapas que disponían que, en caso de un fenómeno o catástrofe natural en esa entidad, el financiamiento público para los partidos políticos sería destinado para el auxilio de la población y reconstrucción de comunidades afectadas durante el tiempo que durara la contingencia.

La sentencia señala que ese tipo de reformas deben ser aprobadas y promulgadas 90 días antes del inicio de las contiendas electorales, lo que en este caso fue en septiembre, mientras que el decreto fue publicado el 2 de octubre.

Con ello se genera incertidumbre jurídica respecto de las normas que resultarán aplicables al próximo proceso electoral”, indicó Eduardo Medina Mora, ministro de la SCJN.

El proyecto de sentencia del ministro Eduardo Medina Mora, aprobado con 10 votos a favor y uno en contra, explica que el Congreso de Chiapas debe garantizar que los partidos políticos reciban, de manera equitativa, financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales.

Prerrogativa indisponible para el legislador local, quien debe asegurar su otorgamiento siempre que sea procedente y cuya libertad de configuración para establecer las bases de asignación del financiamiento público local, en específico, para partidos nacionales, no le autoriza, bajo ninguna circunstancia, a privarles de tal derecho”, señaló Eduardo Medina Mora, ministro de la SCJN.

La Corte definió que es obligación del gobierno estatal atender las necesidades de la población que resulten de los efectos de un fenómeno natural.

Con información de Arturo Cerda.

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