SCJN invalida que estados prohíban relección de magistrados

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no es válido que los estados prohíban la reelección de los magistrados locales.

Al revisar una acción de inconstitucionalidad promovida por la Procuraduría General de la República (PGR), los ministros del pleno resolvieron en votación unánime, que la Ley Orgánica del Poder Judicial de Veracruz violó la Constitución al establecer que los magistrados locales solo podrían permanecer en el cargo durante 10 años improrrogables.

“No prevé la posibilidad de la ratificación de los magistrados del Poder Judicial al disponer categóricamente que durarán en su cargo 10 años improrrogables, lo cual vulnera la garantía de estabilidad y seguridad en el ejercicio del cargo”, dijo ministro Eduardo Medina Mora Icaza.

“Si una Constitución local, una disposición legislativa local, o cualquiera otra que desarrolle un tema de esta naturaleza expresa la imposibilidad de una prórroga, con ello elimina el fundamento esencial de la Constitución y su finalidad como la es el que los Magistrados o los jueces puedan ser ratificados si las condiciones para así hacerlo se surten”, dijo el ministro Alberto Pérez Dayán.

En la próxima sesión, que se realizará el martes, los ministros definirán la forma en que esta decisión afectará a los magistrados de Veracruz que están próximos a cumplir los 10 años en el cargo.

También resolverán si la legislación veracruzana estableció requisitos para la designación de magistrados y jueces que son contrarios a los establecidos en la Constitución federal.

Con información de Carolina Altolaguirre

AGHO