CRIMEN Y SEGURIDAD

Corte niega amparo a un militar por desaparición forzada

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el delito de desaparición forzada puede ser cometido aunque no se participe directamente en la detención de la víctima.

La Primera Sala negó un amparo a José Julián Juárez Ramírez, teniente coronel del Ejército, quien era comandante de la Tercera Compañía de Infantería No Encuadrada, con sede en Ojinaga, Chihuahua, sentenciado a cinco años de prisión por ese delito.

La sentencia derivó del caso de una persona en esa región que fue sustraída de su domicilio y fue puesta a disposición del Ministerio Público hasta un mes después. Familiares de la víctima denunciaron los hechos.

Aunque el militar alegó que no participó en la detención, los ministros consideraron que el conocimiento que tuvo de su retención es suficiente para configurar el delito de desaparición forzada.

Con información de Arturo Cerda

AGHO