POLíTICA

SCJN valida 3 de 3 para jueces en la CDMX

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es válido exigir a los funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad de México que hagan públicas sus declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, como fue establecido en la Ley de Transparencia local.

Este martes, el Pleno de la Corte determinó que la controversia promovida por el Tribunal Superior, el Consejo de la Judicatura, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal Electoral de la Ciudad de México, era infundada.

La mayoría de los ministros señalaron que excluir a los integrantes del Poder Judicial local de la presentación de sus declaraciones sería contrario al derecho a la información.

Es generar una situación excepcional, a efecto de que, con la declaratoria de inconstitucionalidad de la norma impugnada, ésta no se aplique, lo que permitiría que los magistrados, jueces y personal de esos órganos no tuvieran la obligación de hacer públicas sus declaraciones, lo que terminaría violentando el derecho de acceso a la información pública del resto de los ciudadanos”, explicó el ministro José Ramón Cossío Díaz.

Los ministros también consideraron que, contrario a lo argumentado por el Poder Judicial local, la presentación de las declaraciones no afecta la independencia de los juzgadores.

No afectan en lo más mínimo la independencia judicial, la transparencia y la rendición de cuentas no tiene por qué verse de forma distinta de quien realiza una función jurisdiccional, quienes somos jueces no estamos en una situación privilegiada o diferenciada en cuanto a la obligación de que las declaraciones sean públicas”, aseguró el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Por otro lado, durante la sesión, los ministros revisaron una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del Código Civil de Chiapas.

En votación unánime, los 10 ministros presentes reiteraron que es inconstitucional excluir a las parejas del mismo sexo del matrimonio.

De esta forma, con la notificación de esta resolución de la Corte, las parejas del mismo sexo en Chiapas podrán acudir al Registro Civil para contraer matrimonio sin la necesidad de tramitar un amparo, como ocurría anteriormente.

Con información de Carolina Altolaguierre

MAP