SALUD

Conceden amparo a rarámuri para evitar transfusión de sangre a su hija

El juez Mauricio Fernández de la Mora, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Chihuahua, concedió amparo a una mujer de la etnia Rarámuri, que profesa la religión Testigos de Jehová, para evitar que se transfunda sangre a su hija de cinco años de edad, afectada por leucemia. El amparo condiciona la transfusión a que antes se hayan agotado otros medios o tratamientos alternativos, como los que propusieran oncólogos del Centro de Cancerología de Chihuahua.

En la sentencia se revisó el derecho fundamental de libertad de creencia y religión, así como los derechos a una segunda opinión, consentimiento informado y toma de decisiones, respecto a tratamientos médicos.

Sin embargo, debido a la falta de madurez de la niña para comprender el alcance del acto médico sobre su salud, se privilegió el derecho a la vida; por lo que en caso de ser necesario, se autorizó a los médicos a realizar los tratamientos necesarios para proteger la vida de la menor, incluyendo la transfusión sanguínea.

También se determinó como discriminatoria e ilegal la tutela que asumió la Subprocuraduría del Menor, debido a la falta de consentimiento por parte de la quejosa para autorizar la transfusión de sangre a su hija.

El Consejo de la Juicatura Federal informa en que comunicado que, para evitar que se repitan actuaciones arbitrarias, discriminatorias y denigrantes hacia padres de familia, se dio vista a los tres poderes del Estado de Chihuahua para que realicen reformas correspondientes y creen un protocolo para doctores en caso de que no exista consentimiento de los padres para administrar tratamientos a menores.

En lugar de acudir a la Subprocuraduría del Menor tendrían que presentarse ante un juez de lo familiar para argumentar el caso, y que sea ese juzgador quien analice las circunstancias, escuche a las partes y resuelva lo correspondiente.

MLV