CRIMEN Y SEGURIDAD

Supremo venezolano declara legal el estado excepción decretado por Maduro

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción y Emergencia Económica decretado por séptimo periodo consecutivo por el presidente Nicolás Maduro, como una medida para evitar un estado de conmoción interna.   

La Sala Constitucional declaró la legalidad “dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el Orden Constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y los ciudadanos” del país, indicó en un comunicado.

Observó que la medida obedece a la necesidad del presidente Maduro “de continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno”, el acceso “oportuno” a bienes y servicios.

El tribunal además declaró nulo el acto del Parlamento con el que se desaprobó este decreto, recordando que todos los actos de la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, son “absolutamente nulos” mientras se mantenga en desacato de la sentencia que le exige excluir a tres de sus diputados por supuesto fraude en la elección.

Maduro aprobó el 16 de mayo el decreto que restringe las garantías constitucionales en todo el territorio nacional, como una medida para “preservar el orden interno”.   

La norma señala que “podrán ser restringidas las garantías” para el ejercicio de los derechos constitucionales, salvo las excepciones que estable la Constitución que son “el derecho a la vida, prohibición de comunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles”.

El Gobierno venezolano podrá “diseñar y ejecutar planes de seguridad pública que hagan frente a las acciones desestabilizadoras que atenten contra la paz de la nación, la seguridad personal, y el resguardo de las instalaciones y bienes públicos y privados”, añade el decreto.

No obstante, todas estas restricciones ya estaban vigentes desde hace más de un año con un decreto anterior de “excepción y emergencia económica”.

Los decretos de estados de excepción, según la Constitución, requieren de la aprobación de la mayoría del Parlamento. Sin embargo, este paso no fue cumplido atendiendo al “desacato” del que es señalado ese poder.

RAMG