POLíTICA

Constituyente aprueba creación de Fiscalía y del Consejo Judicial Ciudadano

La Asamblea Constituyente abrió la puerta para que ciudadanos participen en la definición del Poder judicial en la Ciudad de México.

Al aprobar una decena de artículos de la Carta Magna que construye, determinó que un organismo ciudadano elija al Consejo de la judicatura de la Capital, que es el órgano que define a los jueces en la Ciudad, y el cual propone las ternas de las que surgen los magistrados del Tribunal Superior de Justicia local.

Se trata del Consejo Judicial Ciudadano el cual será elegido por al menos dos terceras partes de los diputados locales mediante convocatoria pública, el cual tendrá once integrantes, siete de los cuales deberán ser profesionales del derecho, los aspirantes no deberán ser militantes de ningún partido político, ni podrán haber sido candidatos a ningún puesto de elección popular al menos cuatro años antes. El cargo no será remunerado.

Quedó establecida la transformación de la Procuraduría de Justicia en una Fiscalía General de Justicia, autónoma en su gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propios; los aspirantes al cargo, deberán ser abogados titulados.

“La propuesta, y le pido auxilio al presidente de la Comisión, es que diga: contar con título profesional de licenciado en derecho y gozar de una experiencia, una antigüedad mínima de cinco años”, dijo Alejandro Encinas, presidente Mesa directiva Asamblea Constituyente.

La Fiscalía General de Justicia deberá establecer lineamientos y protocolos para la utilización de medidas cautelares, para la observancia estricta de los Derechos Humanos en el proceso penal, así como el crear una unidad interna de combate a la corrupción y a la infiltración de la delincuencia organizada.

En los Artículos aprobados este sábado, los Constituyentes establecieron que en la Ciudad de México el proceso penal será oral y acusatorio.

La prisión preventiva deberá regirse por los principios de presunción de inocencia y legalidad, se utilizará solo como medida extrema, y por el tiempo más breve que proceda.

Por la comisión de delitos patrimoniales sin violencia, cuyo monto no sea superior a ocho veces la unidad de cuenta vigente, y se trate de un primo delincuente se impondrán únicamente penas alternativas a la privación de la libertad.

En la reclusión se garantizará el trato digno y humanitario, sustentado en oportunidades de trabajo, las medidas de seguridad, disciplinarias y de control preservarán en todo momento los Derechos Humanos de los internos.

Se prohíbe el aislamiento, los trabajos forzados, los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Se establecerá un Sistema integral de Justicia para adolescentes, separado del sistema de ejecución penal, aplicable a quienes tengan entre doce años de edad y menos de dieciocho y se encuentren en conflicto con la ley penal.

Los Constituyentes crearon una Sala Constitucional la cuál desde el Tribunal Superior de Justicia local, determinará cuándo una Ley, una norma o resolución judicial es acorde o no con esta Constitución. Los criterios de esta Sala serán ser atendidos obligatoriamente por los jueces que resuelvan temas relacionados con violaciones a los Derechos humanos.

 

(Con información de Carmen Jaimes)

 

FSR