CRIMEN Y SEGURIDAD

Alienación parental no será causa para perder custodia de los hijos en CDMX

La Asamblea Legislativa capitalina publicó en la Gaceta Oficial el decreto mediante el cual se deroga el artículo 323 Séptimus del Código Civil del Distrito Federal relacionado con la alienación parental.

El pasado 1 de agosto, los diputados locales aprobaron abrogar este artículo con el objetivo principal de resguardar el interés superior del menor y las relaciones familiares.

Dicho artículo definía: “Comete violencia familiar el integrante de la familia que transforma la conciencia de un menor con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con uno de sus progenitores”.

La conducta descrita en el párrafo anterior, se denomina alienación parental cuando es realizada por uno de los padres, quien, acreditada dicha conducta, será suspendido en el ejercicio de la patria potestad del menor y, en consecuencia, del régimen de visitas y convivencias que, en su caso, tenga decretado.

De esta manera la alienación parental ya no será un motivo para que los jueces capitalinos determinen si los hijos deben quedarse o no con alguno de los padres.

Organismos de derechos humanos aplaudieron la derogación, pues la consideraban una forma indirecta de discriminación y reproducía estereotipos basados en género.

MLV