CRIMEN Y SEGURIDAD

SCJN avala prisión domiciliaria para adolescentes de entre 14 y 18 años

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó dar prisión domiciliaria para adolescentes mayores de 14 años y menores de 18.

En una votación dividida, con seis votos a favor y cinco en contra, los ministros del Pleno resolvieron que está medida, que implica que el adolescente permanezca detenido en casa hasta que se resuelva el juicio en su contra, es una forma de velar por los derechos tanto de las víctimas como del menor acusado.

“La ley resalta la importancia de la participación de la familia en el proceso del menor. Claramente me parece que esta medida permite llevar a cabo esto durante el tiempo que dure el proceso y esto resulta mucho más benéfico que el internamiento en un centro especializado”, afirmó el ministro Eduardo Medina Mora Icaza.

“Veo el resguardo domiciliario como una medida posible, menos restrictiva cuando las condiciones así lo justifiquen; de no tenerla, el paso inmediato, frente a determinadas circunstancias, sería que el órgano jurisdiccional ordenara el internamiento preventivo”, precisó el ministro Alberto Pérez Dayán.

Los cinco ministros que se pronunciaron por invalidar esta figura de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, argumentaron que el resguardo domiciliario no estaba bien explicado en la norma, por lo que existía el riesgo de que no fuera bien utilizado.

“No hay ningún sustento constitucional para esta figura y además no existe regulación alguna, dejando un amplísimo margen de discrecionalidad al juez correspondiente”, precisó el ministro José Fernando Franco González Salas.

“No define siquiera qué debe entenderse por resguardo domiciliario, únicamente señala que éste se someterá a las modalidades que disponga el órgano jurisdiccional. Estas previsiones generales resultan insuficientes para demarcar con el grado de certeza deseable los márgenes constitucionalmente admisibles de la medida de resguardo domiciliario”, dijo el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

De esta forma, sin invalidar ningún artículo, la Corte finalizó el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en contra de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes.

Con información de Carolina Altolaguirre

AGHO