SCJN valida apellido materno antes del paterno en actas de nacimiento

CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 20, 2016.- El Estado no debe intervenir en el derecho que tienen las personas al nombre, la identidad y la familia, así lo estableció este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el caso de Angelines y Alberto.  

 

Angelines siempre quiso que sus hijos preservaran su apellido.

 

"Llegamos los 4, nosotros 2 con las niñas y dije bueno, pues vamos a proponerlo. Era algo que ya estaba decidido, estaba claro, incluso habíamos escrito los nombres completos de las niñas, nombre y apellido".

 

Su esposo, Alberto, la apoyó en esta decisión.

 

"No es un capricho, no es una ociosidad, viene de muchos años de trato familiar, muchos años de conocernos, de amar a las personas que integraron estos nombres y ellas así lo van a recibir".

 

Pero al acudir al Registro Civil descubrieron que no era posible cambiar el orden en el acta de nacimiento para tener primero el apellido de la madre y después el del padre.

 

Antonio Padierna Luna, director general del Registro Civil de la Ciudad de México, indica que "en los juzgados del Registro Civil, en todos, se aplica a manera de tradición, a manera de costumbre, lo que ha venido imperando a lo largo de los años, primero el paterno y luego el materno. No puede ser que la ley nos imprima un método que hoy ya ha quedado totalmente rebasado".

 

Así, las actas se emitieron con el apellido del padre primero y el de la madre después. Esto comenzó una batalla legal que duró más de dos años.

 

Hace un año, una jueza federal los amparó pero el Gobierno de la Ciudad de México y la Asamblea Legislativa se opusieron y el caso llegó a la Suprema Corte.

 

El miércoles, los ministros de la Primera Sala decidieron ratificar el amparo a favor de esta familia y declarar inconstitucional el artículo que da preferencia al apellido paterno sobre el materno.

 

El proyecto, elaborado por el ministro Arturo Zaldivar, fue aprobado con 3 votos a favor de 4 ministros presentes en la Sala.

 

El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, explicó: Lo que se está diciendo aquí es que hay un derecho a la vida privada y a  la familia en el cual en principio no puede intervenir el Estado y entre ello está el orden de los apellidos; pero por el otro lado coadyuva a un cambio cultural el entender que el papel de la mujer en la sociedad ha cambiado, que tenemos todos que ir con una idea de una igualdad material entre el hombre y la mujer y este es un aspecto más de todas las batallas que se han dado."

 

Especialistas como el doctor en Psicoanálisis y Psicología Social, Walter Beller, coinciden en que la decisión de la Corte traerá como consecuencia un avance en el respeto a la igualdad entre el hombre y la mujer, que además podrá ser inculcado desde la familia. 

 

"Marca una revaloración del papel de la mujer, Los derechos humanos pasan a ser parte fundamental y parte fundamental de los derechos humanos son los derechos de las mujeres en igualdad de condiciones; esto es importante porque marca entonces el principio de igualdad jurídico realmente entre el hombre y la mujer".

 

La decisión de la Corte solo es aplicable a la familia de Angelines y Alberto, quienes presentaron el amparo.

 

"Se me hace un inicio muy bonito en cuanto a esta fortaleza y a ser estos sujetos independientes, pensantes y libres, empezando por ellas mismas desde su nacimiento", afirma Angelines.

 

 

 

 

MLv