Corte desecha amparo sobre despenalización parcial del aborto

CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 29, 2016.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó pronunciarse sobre los artículos del Código Penal Federal que sancionan con cárcel a las mujeres que se someten a un aborto injustificado legalmente en Hospitales Públicos Federales.

Tres de los cuatro ministros presentes en la sesión de la Primera Sala votaron en contra de un proyecto del Ministro Arturo Zaldivar, quien proponía declarar inconstitucional la penalización del aborto.

"Existe una exigencia constitucional de no penalizar el aborto en determinados supuestos pues las medidas represivas agravan la situación de la mujer que se ve orillada a tomar la difícil decisión del aborto", dijo el ministro Arturo Zaldivar.

El caso llegó a la Corte luego de que el Hospital 20 de Noviembre del ISSSTE se negara a practicarle un aborto a Margarita, una mujer de 41 años de edad, quien finalmente recurrió a una clínica privada donde interrumpió su embarazo bajo el argumento de que su salud estaba en riesgo.

La mujer promovió un amparo en contra de la negativa del ISSSTE a realizarle el aborto y también en contra del Código Penal Federal que permite la interrupción legal del embarazo cuando hay riesgo inminente a la vida de la madre, pero no lo permite cuando sólo existe algún riesgo para su salud.

Este miércoles la mayoría de los ministros se pronunció en contra de revisar el amparo debido a que Margarita no fue arrestada, ni pasó tiempo en prisión luego de abortar.

Consideraron que no se le habían aplicado los artículos del Código Penal que sancionan con seis meses a cinco años de prisión a las mujeres que aborten sin existir una causa justificada como el riesgo a la vida de la madre, la inviabilidad del producto o que el embarazo sea consecuencia de una violación.

"En el caso que nos ocupa claramente estamos frente a la norma de naturaleza penal sin existir un acto de aplicación que actualice el interés legítimo de la quejosa para impugnarlas", afirmó el ministro José Ramón Cossío Díaz.

Luego de que todos los ministros rechazaran su proyecto, el ministro Zaldivar contestó que al no revisar este amparo, la Primera Sala le estaba cerrando las puertas de la Corte a las mujeres.

"No comparto el enfoque con que se ha analizado, respetuosamente, este asunto por los tres integrantes presentes de la Sala, una visión que trata de cerrar la puerta a las mujeres que buscan en esta Suprema Corte el reconocimiento y protección de sus derechos", destacó el ministro Arturo Zaldivar.

Comentario que molestó al resto de los ministros.

"Que mis argumentos consideren que en este caso el juicio de amparo no es procedente, no es cerrar las puertas", dijo la ministra Norma Piña Hernández.

"Yo me siento suficientemente tranquilo con mi conciencia para no tener que justificar mis votaciones anteriores, ahí está mi récord judicial", afirmó el ministro José Ramón Cossío Díaz.

Finalmente se tomó la votación y el proyecto fue desechado, por lo que en los próximos meses el caso será turnado a otro ministro para que elabore un nuevo proyecto.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no estuvo presente durante la sesión.

AGHO/LHE