SCJN: Jueces deben denunciar violaciones a derechos humanos

CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 26, 2016.- Los jueces están obligados a denunciar ante las autoridades correspondientes cualquier violación a derechos humanos que detecten durante la revisión de un juicio de amparo.

Por mayoría de siete votos, de 11 ministros presentes, el Pleno de la Corte determinó que aunque los jueces no pueden pronunciarse sobre las violaciones a derechos humanos que no estén directamente relacionadas con el caso que están resolviendo, si están obligados a dar aviso a las autoridades para que se tomen las medidas correspondientes.

"Cuando se advierta una violación de derechos humanos de dicha naturaleza, esto es, ajena a la controversia esencial que es materia del juicio de amparo, el proceder de los órganos jurisdiccionales competentes debe ser el de, en su caso, denunciar, dar vista, o poner en conocimiento los hechos correspondientes a la autoridad que resulte competente para la investigación de los mismos", explicó el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.

Señalaron que este criterio es un avance para cumplir con la obligación del Poder Judicial de respetar y proteger los derechos humanos de la población.

"Nosotros como órganos de constitucionalidad, si podemos generar estas recomendaciones, estos señalamientos generales inclusive, para efectos de la composición o para efectos de la salvaguarda de los derechos fundamentales en nuestro orden jurídico", dijo José Ramón Cossío, ministro de la Corte.

Cuatro ministros votaron en contra de esta propuesta por considerar que los jueces deben limitarse a resolver aquello que se les plantea en una demanda de amparo, por lo que estos avisos dirigidos a la autoridad, implicarían un exceso en sus facultades.

"Las medidas para asegurar el cumplimiento de la concesión de amparo y la restitución del quejoso en el derecho humano violado, debe limitarse a lo específicamente reclamando en la demanda de amparo. El juez como autoridad jurisdiccional, debe ceñirse a su competencia constitucional", afirmó Eduardo Medina Mora.

La Corte estableció este criterio luego de resolver una contradicción de tesis suscitada entre Tribunales de Quintana Roo y Veracruz.

AGHO