Ampara Corte a sobrecargos de Mexicana de Aviación

CIUDAD DE MÉXICO, México, ene. 29, 2015.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó a los sobrecargos de Mexicana de Aviación en contra de las modificaciones realizadas a su contrato colectivo de trabajo.

 

En sesión del pleno, los ministros determinaron que las empresas sí pueden hacer modificaciones a los contratos colectivos de trabajo,  disminuyendo prestaciones y salarios, pero sólo cuando se demuestre que esto es indispensable para garantizar la subsistencia de la empresa.

 

La ministra Olga Sánchez Cordero dijo que es necesario que se fundamente y motive debidamente en qué medida ese ahorro, la disminución de prestaciones, representaría un elemento relevante para garantizar la subsistencia de la empresa”.

 

Por mayoría de 8 votos, acordaron que Mexicana de Aviación no acreditó debidamente las modificaciones que se realizaron al contrato colectivo de los sobrecargos en el juicio presentado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje,  en agosto de 2007, por lo cual el nuevo contrato quedó sin efecto y la Junta deberá emitir una nueva sentencia.

 

La demanda de amparo presentado por la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación (ASSA) llegó ante la Suprema Corte en el 2009 y fue discutida por el pleno en repetidas ocasiones, sin embargo, no fue hasta la sesión de este jueves cuando los ministros lograron llegar a un acuerdo respecto a la sentencia.

 

Señalaron que el Concurso Mercantil que declaró a Mexicana de Aviación en quiebra, en abril de 2014, no es impedimento para amparar a los trabajadores, ya que la declaratoria se encuentra suspendida por impugnación.

 

Aseguraron que aún cuando se confirmara la quiebra de Mexicana, los trabajadores se verían beneficiados por este amparo puesto que su liquidación sería mayor sin las modificaciones realizadas al contrato colectivo.

 

El ministro Luis María Aguilar Morales, presidente de la SCJN, afirmó que desde luego, que sí tiene un efecto, aún cuando se declare ejecutoria la quiebra, tendrá un efecto respecto a la liquidación que se haga a los trabajadores”.

 

El ministro Fernando Franco González Salas no participó en la discusión del amparo, ya que se ausentó de la sesión del pleno por declararse impedido para conocer del caso.

 

 

CPS