SCJN declara inconstitucional la consulta ciudadana del PAN

CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 29, 2014.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional e improcedente la consulta ciudadana que el Partido Acción Nacional (PAN) pretendía realizar en 2015 sobre el salario mínimo.

 

De los 10 ministros presentes en la sesión, 6 ministros  votaron en contra de someter a consulta ciudadana  el tema del salario mínimo que deben percibir los trabajadores. 

 

La sesión inició con la presentación del proyecto del ministro José Ramón Cossío. En el documento proponía avalar el tema de la consulta del PAN, reformulando la pregunta para que fuera más clara para los electores.

 

“Les propongo a ustedes que la pregunta se modifique,  para quedar en los siguientes términos: ¿Estás de acuerdo en que se fije un nuevo salario mínimo, que resulte suficiente para que una familia adquiera los bienes y servicios requeridos para cubrir sus necesidades alimentarias?”, señaló José Ramón Cossío, ministro de la SCJN.

 

El proyecto de sentencia fue rechazado.

 

Los ministros concluyeron que la pregunta es inconstitucional. Estimaron que es un tema restringido. La Constitución prohíbe someter a consulta ciudadana los asuntos relacionados con los ingresos del Estado.

 

“Para mí el asunto de esta consulta si tiene que ver con ingresos y gastos del Estado  y en esa medida estimo, que se actualiza la prohibición expresa de la fracción octava del artículo 35 constitucional”, explicó Jorge Pardo, ministro de la SCJN.

 

Algunos  ministros también argumentaron que el tema del salario mínimo es un tema vinculado con los derechos humanos, otro de los temas que la Constitución prohíbe someter a consulta.

 

“Desde mi perspectiva, estamos en presencia de una restricción de derechos humanos que no puede ser materia de consulta”, añadió Arturo Zaldívar, ministro de la SCJN.

 

La Suprema Corte le notificará por escrito a la Cámara de Diputados que no procede la consulta solicitada por el PAN. 

 

El asunto deberá ser archivado como totalmente concluido.

 

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