Inconstitucional castigar halconeo: SCJN

CIUDAD DE MÉXICO, México, jul. 7, 2014.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional castigar con prisión a los llamados “halcones”, que sirven a los grupos de la delincuencia organizada, informándoles de las estrategias de seguridad y alertándolos sobre la presencia de militares o personas que consideran sospechosas.

 

Por unanimidad de votos, a propuesta del ministro Arturo Zaldivar, el Pleno de la Corte declaró inconstitucional un artículo del código penal de Chiapas, que castiga hasta con 10 años de cárcel a las personas que obtengan y proporcionen  información sobre  las fuerzas armadas y los cuerpos de seguridad pública, que ayude  a los grupos de la delincuencia organizada a darse a la fuga 

 

Esta  reforma fue aprobada en 2013 por el Congreso de Chiapas, fue la primera a nivel nacional en la que se penaliza el llamado halconeo.

 

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) impugnó esta reforma. Alegó que se viola el derecho a la información. 

 

Este lunes, la Corte le dio la razón.

 

“Se considera en el proyecto que se viola el derecho a la información, porque estas limitaciones que se ponen en el tipo penal no se encuentran justificadas a partir de un test de proporcionalidad”, señaló Arturo Zaldivar, ministro de la SCJN.

 

La declaratoria de invalidez de la Corte anula cualquier averiguación previa o proceso penal  que se haya iniciado en Chiapas por este delito.

 

“Los efectos tienen que ser bastante más amplios que anular simplemente los juicios que ya se encuentran abiertos sino cualquier otro procedimiento de la naturaleza que sea que involucre como sustento el artículo que aquí se declara inválido”, destacó Alberto Pérez Dayan, ministro de la SCJN.

 

La Corte tiene pendiente de resolver otra  acción de inconstitucionalidad que presentó la CNDH en contra de la reforma penal de Michoacán que castiga con prisión a los informantes de la delincuencia organizada. 

 

RAR