SCJN ampara a persona vs tasas de interés abusivas

CIUDAD DE MÉXICO, México, mayo 26, 2014.-La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó una sentencia en favor de una persona que firmó dos pagarés por un préstamo de 4 millones de pesos y le quieren cobrar 19 millones de pesos, tres veces más de su deuda original.

 

La ministra Olga Sánchez expuso que “es un tema muy importante para cualquier deudor…se trata de ver la usura, los intereses excesivos, en un título de crédito,  concretamente en un pagaré”.

 

Por unanimidad de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte determinó que en los juicios mercantiles, de oficio, sin que lo solicite el deudor en su demanda, el juez tiene la obligación de revisar si los intereses de un préstamo son usurarios.

 

 

“El juzgador de oficio tiene que entrar a analizar si los intereses son o no excesivos en un título de crédito en un pagaré, y esto es muy importante porque las tarjetas de crédito están hechas a bases de pagarés”, afirmó la ministra Sánchez.

 

El artículo 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito permite  fijar libremente las tasas de interés, sin embargo, a partir de ahora, con esta sentencia de la Corte, los intereses de los prestamos no pueden ser excesivos o abusivos.

 

“Resulta constitucionalmente obligatorio que la ley prohíba que una persona obtenga un provecho propio y de modo abusivo sobre la propiedad del otro, es decir, un interés excesivo derivado de un préstamo”, dijo ala ministra.

 

Si en el juicio mercantil, el juez está convencido de que el interés es usurario, puede fijar una nueva tasa de interés, que no sea excesiva ni abusiva.

 

La sentencia de la Corte se dio al revisar una contradicción de tesis y un amparo que solicitó una persona que en Hidalgo, en octubre de 2010,  firmó dos pagarés por 2  millones de pesos, cada uno, a una tasa de interés del 10 por ciento mensual. Ante el incumplimiento del pago, la deuda sumaba en 2013  más de 15 millones de pesos, sólo de intereses.

 

La sentencia de la Suprema Corte es un precedente que abre la puerta para que las personas  tarjetahabientes se puedan amparar contra cobros excesivos de intereses, inclusive en las tarjetas de crédito.

 

 

CPS