SCJN detecta omisiones en la nueva ley de amparo

CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 24, 2014.-El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuestionó al Congreso de la Unión por lo que consideran omisiones al aprobar la nueva ley de amparo, vigente a partir del 13 de abril de 2013.

 

El amparo es el recurso fundamental que tienen los ciudadanos para denunciar abusos de la autoridad.

 

La nueva ley de amparo aprobada en 2013 pretende modernizar y adecuar el juicio de amparo así como ampliar el ámbito de su protección.

 

En la sesión del pleno de la Suprema Corte hubo consenso en señalar que la nueva ley de amparo no tiene un artículo que aclare si las personas que fueron procesadas antes de la entrada en vigor de la nueva ley de amparo tienen que sujetarse o no a los plazos que señala esta nueva ley para impugnar los actos que afecten su libertad personal.

 

El ministro Fernando Franco afirmó que “enfrentamos un problema importante, que es el legislador no previó ningún régimen transitorio para estos supuestos…al no preverlo deja en estado de indefensión por inseguridad jurídica y falta de certeza jurídica a quienes hoy son recurrentes”.

 

Los ministros destacaron  los errores en los que incurrió el Congreso de la Unión al aprobar la nueva ley de amparo.

 

El ministro Luis María Aguilar aseveró que “podría existir consenso en el sentido de que el legislador no previó y por ende omitió regular adecuadamente en las normas transitorias.

 

Al final de la sesión, por mayoría de 10 votos, la Suprema Corte determinó que las personas que enfrentan procesos penales y que hayan sido notificadas de la privación de la libertad  antes de la entrada en vigor de la nueva ley podrán impugnar en cualquier momento, y no en un plazo de 15 días como señala la nueva ley de amparo.

 

Hasta el año pasado, la Ley de Amparo no había sufrido modificaciones en los últimos 77 años.

 

 

CPS