Homosexuales se benefician de histórico amparo de la SCJN

CIUDAD DE MÉXICO, México, abr. 23, 2014.- Un total de 39 personas homosexuales obtuvieron una victoria histórica en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Lograron que los ministros declararan inconstitucional un artículo de la legislación de Oaxaca que los discrimina por su preferencia sexual

 

Ese artículo data de la época del Porfiriato.

 

En un hecho sin precedentes, a propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Primera Sala de la Suprema Corte concluyó que el artículo 143 del Código Civil de Oaxaca es discriminatorio porque establece que el matrimonio sólo se puede celebrar entre un hombre y una mujer, para perpetuar la especie.

 

El amparo resuelto en la sesión de este miércoles es inédito porque es la  primera vez que la Suprema Corte determina que, esta norma de Oaxaca, tiene un mensaje discriminatorio dirigido a  los  homosexuales,  lesbianas y transexuales, al impedir  los  matrimonios homoparentales, entre personas del mismo sexo.

 

En la sentencia destacaron que las normas discriminatorias pueden ser impugnadas en cualquier momento, sin que haya un plazo que venza, y tampoco es necesario que esa ley se les haya aplicado.

 

En 2010, la Suprema Corte avaló los matrimonios homoparentales en el DF, y en diciembre de 2012 amparó a 3 parejas homosexuales de Oaxaca. Sin embargo, en el resto del país, las parejas del mismo sexo se siguen enfrentando a la negativa de los jueces del Registro Civil.

 

El amparo que ganaron este miércoles, abre la puerta para que se reconozcan los derechos de las parejas del mismo sexo en otros estados.

 

En 17 estados del país, parejas del mismo sexo han presentado amparos para poder contraer matrimonio.

 

RAR