SCJN acepta analizar el ‘halconeo’ en el narcotráfico

CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 11, 2014.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas penales recientemente aprobadas en Michoacán, que castigan hasta con 12 años de cárcel a los llamados "halcones", que sirven a los grupos de la delincuencia organizada, alertándolos sobre la presencia de militares o personas que consideran sospechosas.

El 21 de enero pasado, el gobernador de Michoacán, Fausto Vallejo, publicó un decreto para reformar el artículo 133 del Código Penal de ese estado.

La reforma tipifica como delito el halconeo. Impone prisión de 4 a 12 años y una multa de 100 a 600 días de salario a las personas que, mediante vigilancia, obtengan y proporcionen información sobre la ubicación, las actividades, operativos y cualquier acción realizada por las fuerzas armadas y los cuerpos de seguridad pública.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó una acción inconstitucionalidad en contra de esta reforma que penaliza el halconeo.

La acción de inconstitucionalidad fue turnada al ministro Fernando Franco González Salas.

El ministro admitió a trámite la impugnación y emplazó a los poderes Ejecutivo y Legislativo de Michoacán para que rindan un informe de los antecedentes y objetivos de la reforma.

El Código penal de Michoacán establece que los halcones que sirvan a la delincuencia organizada, utilizando transporte público o de pasajeros, serán castigados con más años de prisión.

Esta acción de inconstitucionalidad es la segunda que presenta la CNDH contra las leyes que tipifican, como delito, el "halconeo".

En abril de 2013, la CNDH solicitó invalidar la reforma al Código Penal para el Estado de Chiapas, que castiga con cárcel a quienes realicen labores de vigilancia al servicio de la delincuencia organizada.

RAR