Avalan diputados Ley de Consulta Popular

CIUDAD DE MÉXICO, México, dic. 10, 2013.- La Cámara de Diputados aprobó la creación de la Ley Federal de Consulta Popular.

 

Ley que establece que los actos de carácter legislativo del Congreso, así como los administrativos del Ejecutivo federal, serán objetos de la consulta siempre que sean de trascendencia nacional, que repercutan en la mayor parte del territorio, que impacten en una parte significativa de la población, y que propongan la creación, modificación o eliminación de políticas públicas de alto impacto social.

 

 “La consulta popular se inserta como un ejercicio participativo, cuyo uso permitirá legitimar las decisiones sobre la forma de conducir los destinos de nuestra nación gracias a la opinión informada de la sociedad sobre los asuntos que directamente le atañen”, dijo la diputada priista Leticia Mendoza.

 

El Congreso de la Unión expedirá la convocatoria para la consulta. Ésta se realizará el día de la elección federal, cada tres años.

 

Las consultas podrán ser solicitadas por el Presidente de la República, por el 33 por ciento de los integrantes de las cámaras del Congreso, y por al menos el dos por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

 

 “El Instituto Federal Electoral será el que organizará esta consulta y propondrá las preguntas que pasarán al cuestionario de los ciudadanos, cabe aclarar que la Suprema Corte de Justicia va a velar porque la pregunta sea hecha en términos constitucionales”, señaló el legislador panista Arturo Salinas.

 

Pero se impusieron restricciones: no podrán ser objeto de consulta popular los derechos humanos reconocidos en la Constitución;  disposiciones en materia electoral; e Ingresos y gastos del Estado, así como acciones de seguridad nacional.

 

Los resultados de la consulta popular serán vinculatorios para los Poderes Ejecutivo y Legislativo cuando la participación corresponda al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores.

 

Al dictamen original que inició su discusión en la madrugada del pasado viernes y continuó hasta este martes le fueron modificados 6 artículos. Entre ellos el 41, que facultaba al presidente de la República a utilizar los tiempos del Estado para la difusión de la consulta, y en su lugar se estableció que será el nuevo INE el que promueva la difusión de las consultas convocadas por el Congreso, con la garantía de acceso a radio y televisión a quienes presenten la petición.

 

Y se aclaró que por única ocasión no será aplicable el requisito de Aviso de Intención a la Cámara de Diputados para las consultas ciudadanas realizadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.

 

“Por única ocasión los requisitos relativos a la obtención y al formato para las firmas a que se refiere esta ley, no sean aplicables y que las peticiones de consulta se cumplan”, comentó la diputada Amalia García.

 

La reforma fue aprobada por 431 votos a favor,  36 en contra y una abstención y turnada al Senado para su análisis. Después se aprobaron reformas al artículo 35 de la Constitución para hacer compatible su redacción con la Ley Federal de Consulta Popular.

 

MACO